Vuelve y suena el asunto de la penalización del aborto. Hace varios años la Corte Constitucional en una sentencia determinó que en tres casos excepcionales: en caso de violación o inseminación no consentida, en caso de deformidad en el feto no compatible con la vida y en el caso en que la vida de la madre corra peligro.
Este aborto despenalizado deberÃa realizarse dentro de los primeros tres meses de gestación. Un término en el que más o menos se considera que el desarrollo neuronal del embrión/feto no se ha desarrollado lo suficiente para ser realmente considerado como un ser que siente e interactúa con su entorno. Continue reading